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ESTATUTOS ACAMA
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ASOCIACIÓN DE CONSUMIDORES AFECTADOS MUNDO MÁGICO
(ACAMA)
Inscrita en Registro Nacional Asociaciones.
ESTATUTOS DE LA ASOCIACION
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1.- DENOMINACION Y NATURALEZA.-
Con la denominación de ASOCIACION DE CONSUMIDORES AFECTADOS MUNDO MÁGICO (ACAMA), se constituye en Málaga, el dia 22 de Junio de 2003, una organización de naturaleza asociativa y sin animo de lucro, como asociación autónoma e independiente de consumidores y usuarios, al amparo de lo dispuesto en el articulo 22 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de Marzo, reguladora del Derecho de Asociación y demás disposiciones vigentes dictadas en desarrollo y aplicación de aquella, así como las disposiciones normativas concordantes. El régimen de la Asociación se determinara por lo dispuesto en los presentes Estatutos.
ARTICULO 2.- DOMICILIO.-
El domicilio social de la Asociación radicara en la calle Sancha de Lara nº 7, 1º-B, C.P. 29015, de Málaga.
ARTICULO 3.- AMBITO DE ACTUACION.-
El ámbito territorial en que la Asociación realizara principalmente sus actividad abarca todo el territorio nacional de España (ámbito Nacional).
ARTICULO 4.- DURACION.
La Asociación se constituye por tiempo indefinido.
ARTICULO 5.- FINES Y ACTIVIDADES.-
Los fines de la Asociación serán los siguientes:
a) La agrupación, defensa y protección de los legítimos intereses económicos y sociales de los consumidores y usuarios afectados por actuaciones ilícitas o contrarias a nuestro ordenamiento jurídico en el campo del aprovechamiento por turnos en bienes inmuebles (antigua multipropiedad), paquetes vacacionales, sector inmobiliario y turístico, entidades financieras, bancarias y de préstamo, empresas intermediarias de compra-venta en dichos sectores y en particular por la actuación llevada a cabo por los responsables de Mundo Mágico Tours (Magic Club), Terra Mitica y empresas similares.
b)Como Asociación de Consumidores y Usuarios, asesorar y defender a éstos en sus problemas ante cualquier persona física y jurídica suministradora de productos y servicios.
c) Educación y divulgación de la información en materia de defensa de los consumidores y usuarios en beneficio de los ciudadanos organizando seminarios, conferencias, cursos y realizando publicaciones de memorias, informes, folletos.
d) Difundir y propagar información correcta sobre diferentes servicios y actuaciones de las personas físicas y jurídicas suministradores de productos y servicios.
e) Defender el derecho de los consumidores y usuarios a ser representados y en consecuencia a ser oídos en la adopción de disposiciones que les puedan afectar.
f) Defender el derecho de los consumidores y usuarios a la protección jurídica y técnica en situaciones de inferioridad, subordinación e indefensión.
g) Defender el derecho de los consumidores y usuarios a la reparación de daños y perjuicios sufridos con ocasión de servicios proporcionados por las personas físicas y jurídicas suministradoras de productos y servicios.
h) Defender y asesorar a los asociados y a los ciudadanos en general ante cualquier circunstancia de las previstas en la Ley 26/84 de 19 de julio de Consumidores y Usuarios, Ley 11/1998, de 9 de julio, y normativa que las desarrollen, así como respecto a cualquier otra legislación española , de la Unión Europea o autonómica que proteja los intereses de los consumidores y usuarios.
i) Colaborar con los organismos oficiales del Estado, Comunidades Autónomas y demás entes locales en materia de defensa de los consumidores y usuarios.
Y para su consecución desarrollara las siguientes Actividades:
a) Prestar colaboración y apoyo a todos sus asociados, mediante la creación de servicios técnicos, de asesoramiento, defensa, información y formación en orden a la problemática en materia de defensa de consumidores y usuarios, y en particular contra la actuación de las empresas vinculadas a Mundo Mágico.
b) Establecer relaciones con las Organizaciones Empresariales, Administraciones Públicas, Organizaciones de Consumidores y Usuarios y demás entes que participen directa o indirectamente en materia de defensa de los consumidores y usuarios.
c) Ejercitar las acciones administrativas y judiciales pertinentes, reivindicando en su favor el derecho a ser parte en toda clase de procedimientos judiciales y administrativos en que estén en juego los intereses colectivos e individuales de los socios de acuerdo con las leyes.
d) Difundir y efectuar campañas a nivel nacional para denunciar actividades contrarias al derecho de los consumidores y usuarios.
d) Cualquier otra que la legislación actual o futura permita o aconseje a las Asociaciones. | Página Siguiente (2/4) 
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