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¿QUE OPINA SOBRE LAS DETENCIONES POLICIA EMPRESAS REVENTA?

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Re: aqui tiene una sentencia (Puntuación 0)
por Anonimo el
Esta es una reciente sentencia, no emito comentarioa, me limito a trascribir lo que dice un juez:

El Juzgado de 1ª Instancia número 4 de Jaén, en sentencia de 7 de junio de 2004, ha declarado nulos los contratos de derechos de aprovechamiento por turnos suscritos por 3 familias con la Empresa Blue Mil.Lenium, S.L. y declara, también, nulos los préstamos otorgados por el BBVA para la financiación de la operación. Asimismo condena de forma solidaria a los demandados (Blue Mil.Lenium y BBVA) a la devolución de las cantidades entregadas por los actores, más el abono de los intereses legales. El juez razona su decisión en poderosos e incontestables fundamentos:
“El dolo – dice la sentencia – es palmario; la vendedora (Blue Mil.Lenium, S.L.) no ha ajustado su actuación en la contratación a las mínimas exigencias de la buena fe”. “Se empieza por las técnicas de captación, donde se aisla a los futuros clientes y se les somete durante horas a toda una sesión de charlas. Esta forma de ofrecer el producto y obtener el consentimiento ha sido considerada suficiente para declarar nulo el contrato”. “Se continúa con lo ilegible del contrato y documentación que se acompaña; incluso para un jurista resulta dificil entender que se está contratando”. “Otro signo del desleal actuar de la entidad demandada es el supuesto derecho de reventa, una argucia empleada en muchas ocasiones por los vendedores; se trata de un documento que materialmente no forma parte del contrato y redactado de forma oscura”. “Y a todo lo anterior se une la nulidad fundamentalmente por la falta de objeto, elemento esencial del contrato. Conforme al pacto el transmitente cede y transmite un derecho de uso sobre un turno turístico en un sistema flotante de Club Estela Dorada en temporada verde-flexible. Esta indeterminación ya ha dado objeto a otras anulaciones por otros tribunales, y así: la compraventa lo es de con lo que al final no se concreta si su objeto es un derecho real de copropiedad o personal de uso y disfrute, lo que ya podría dar lugar a apreciar el vicio invalidante del consentimiento” “En el contrato suscrito por los actores se contrata la temporada verde flexible. ¿Pero cuál es este período?, no aparece; es más, la denominación ni siquiera nos permite algún indicio pues todos tenemos una ligera idea de lo que es a efectos turísticos temporada alta, baja o media, pero ¿verde? Y ¿flexible?”
Los derechos de aprovechamiento por turno constituyen un engaño, y es un hecho acreditado e irrefutable que son campo abonado para prácticas defraudatorias y engañosas, incluso delictivas,y que han afectado a decenas de miles de familias de toda la Unión Europea. La Comisión Europea en su “Informe sobre el control de la política comunitaria relativa a la protección de los adquirientes de un derecho de utilización de inmuebles en régimen de tiempo compartido” calificó las actuaciones de muchas empresas como de “vergonzosas practicas”.


| Padre

Re: ¿Que te parece la sentencia? (Puntuación 0)
por Anonimo el
¿La has leido tranquilamente?
¿Te das cuenta lo que llega a decir un juez?
¿Aceso Blue Mil Lenium vende distinto a los demás?.
Espero tus comentarios


| Padre
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