Consejos Multipropiedad
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La ley de tiempo compartido, en vigor, desde principios de 1999, está sirviendo de freno para las prácticas de venta agresiva que hasta ahora venían utilizando algunas empresas del sector. Esta mala imagen era la causante de que muchos usuarios españoles no se fiasen. Las prácticas de venta agresivas están a la orden del día. Un ejemplo son las reuniones que prometen regalos sólo por asistir a las mismas. Incluso hay compañías de las que organizan este tipo de saraos que además invitan a los futuros compradores a disfrutar de un fin de semana en el complejo que ofrecen en la modalidad de tiempo compartido...

Sin embargo, esta modalidad de captación de clientes tiene los días contados con la ley que rige el sector. Si antes las organizaciones de consumidores alertaban sobre las tácticas agresivas que algunas empresas empleaban, ahora este tema ha cobrado importancia. Mala fama Lo cierto es que las prácticas de venta agresivas utilizadas sobre todo por multinacionales norteamericanas, en los años ochenta en nuestro país, fue lo que le ha dado mala fama al sector en España. Y aunque no sea un servicio muy utilizado por los españoles, en este país se encuentra el 10% del total de los complejos en régimen de tiempo compartido que hay en el mundo. El buen clima del que gozamos es el principal motivo de esta expansión. Hasta el 5 de enero de 1999, cuando todavía esta práctica era conocida como multipropiedad, no existía ninguna ley específica que regulara el sector. Con la entrada en vigor de una nueva normativa, se esperaba que la imagen de este tipo de vacaciones se lavase. De momento, la nueva normativa ha obligado a las empresas a cambiar el sistema de captación de clientes. En vacaciones Entre las novedades estipuladas por dicha ley, figura el derecho que tiene el comprador a disfrutar de un alojamiento con finalidad turística durante un período específico cada año, no inferior a siete días seguidos. Se limita además la duración de este derecho a un máximo de 50 años y un mínimo de tres. El precio que se paga por adquirir un apartamento en esta modalidad depende de la calidad del complejo y la temporada del año en la que se quiera disfrutar de las vacaciones. Al adquirir el apartamento, se paga una cantidad que da derecho al usuario a disfrutar de él durante una o varias semanas todos los años que marque su contrato. Beneficios Además, se ha de abonar una cuota mensual de mantenimiento del inmueble. Y si se desea poder acceder a intercambio de apartamento en otro lugar distinto al que se ha comprado, se debe abonar otra cantidad por ello. El intercambio se puede realizar entre complejos de igual calidad y en la misma temporada contratada. Es decir, si se contrata una semana en la primera quincena de julio, en un apartamento normal y corriente, no se podrá cambiar por uno de lujo en Florida, por ejemplo. El cambio se hará por uno de la misma categoría al que se contrató. Los que más beneficiados salen con este sistema son aquellas personas que pueden disfrutar de las vacaciones en cualquier época del año, ya que así pueden contratar en temporada baja y les sale más económico. Fuente: Mundogar.





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