Sentencia AABT 2050, s.l.
Fecha
Tema JUSTICIA


La Audiencia Provincial de Vizcaya ha confirmado recientemente un fallo anterior dictado por el Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Bilbao, por la que se condenaba a la empresa de multipropiedad Aprovechamiento Anual de Bienes Turísticos 2050, S.L (AABT) a abonar a un matrimonio zaragozano 47.767,34 euros, cantidad que se corresponde con el doble del importe que dicha empresa -con sede en Bilbao- exigió a la pareja como pago por la compra de un turno en régimen de multipropiedad en uno de sus complejos turísticos....

Los hechos como tales se remontan a julio de 2004, cuando la pareja es invitada mediante una comunicación postal, y con la promesa de recibir un regalo, a una cita en un hotel zaragozano. Allí, y tras ver un vídeo que cuenta las maravillas de un complejo turístico y de ocio ubicado en Marbella, un representante de AABT intenta convencerles -con prácticas comerciales muy agresivas y en unas condiciones que no facilitan precisamente la reflexión ni la toma de decisiones sosegada- a comprar un turno de multipropiedad en unas determinadas condiciones y precio. Ante el rechazo de los demandantes a esta oferta, el representante de AABT les presenta otra consistente en una semana de vacaciones en el mismo complejo a un precio inferior, oferta que convence al matrimonio zaragozano, que firma un documento de aceptación. Lo que ocurre a partir de ese momento es una pesadilla para la pareja de consumidores zaragozanos que se ven, sin saber muy bien cómo, envueltos en un proceso por el que -mediante prácticas que la juez no duda en calificar de "torticeras"- se ven obligados a asumir la primera oferta realizada por los comerciales de AABT. La sentencia dictada en primera instancia -y confirmada posteriormente por la Audiencia Provincial de Vizcaya- entiende que queda acreditado que la empresa demandada no ha ajustado su actuación en la contratación a las exigencias de la buena fe y que ha incurrido en un fraude de ley. Asimismo, considera que la empresa ha incumplido su obligación de informar sobre la la ley que asiste a los usuarios de multipropiedad.





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