SENTENCIA CAT, S.L.
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Tema JUSTICIA


La Audiencia anula un contrato de multipropiedad y el crédito asociado Un matrimonio de Ciudad Real consigue que se revoque una sentencia anterior...

La Audiencia Provincial ha estimado la apelación presentada por un matrimonio de Ciudad Real que pedía la anulación de un contrato de multipropiedad con la empresa CAT y un crédito vinculado suscrito con el BBVA. Por el contrario, la sala encabezada por el propio presidente de la Audiencia, José María Torres, y formada por los magistrados Luis Casero -como ponente-, María Pilar Astray y Alfonso Moreno establece que ya hay un primer vicio de nulidad al no estar inscrito en el Registro de la Propiedad el derecho de aprovechamiento por turnos que se pone a la venta en fecha previa a la formalización del contrato, lo que es una exigencia inexcusable que fija la Ley 42/98 que regula este tipo de aprovechamientos. Técnicas de ventas. Los magistrados señalan que la información del contrato firmado el 21 de septiembre entre los recurrentes y CAT tampoco se corresponde con la realidad en lo referido a la identificación del inmueble y su propiedad, sin los que el contrato no puede ser válido. A todo ello se une el reproche de la sala por la utilización de «técnicas agresivas de ventas con obligación de firma en el mismo momento en el que se ofrece el producto, para evitar cualquier reflexión». La sentencia subraya errores del instructor en lo referido a la valoración de la información que CAT facilitó a los clientes. En cuanto al contrato de préstamo con el BBVA, se arma la sala de varias sentencias anteriores que afectan a ésta y otras entidades para afirmar que no tiene sentido «negar la vinculación cuando en el propio contrato de adquisición del aprovechamiento ya se establece una modalidad de pago, mensualidades, importe de cada una... es realmente una temeridad», pues entiende que no hay independencia si, como es el caso, la empresa vendedora da a conocer las condiciones de financiación y fija con qué banco debe contratarse el crédito. Los hechos se iniciaron cuando el matrimonio recibió una carta que les aseguraba que habían ganado 600 euros, aunque deberían cumplir ciertos requisitos, para cuya verificación debían llamar a un número de teléfono que incluía la carta. Al hacer esta llamada, fueron citados en un hotel de Ciudad Real el sábado 21 de septiembre de 2002, donde se les ofreció una prueba de siete noches en el complejo Reserva de Marbella sin ningún compromiso por su parte y con garantías de que podrían deshacer el acuerdo, aunque si querían continuar con él deberían pagar 40 euros mensuales. Dada la conformidad del matrimonio se les citó al día siguiente en la oficina del BBVA en la calle General Aguilera de Ciudad Real, donde se formalizó de inmediato un contrato de crédito por 22.800 euros. El matrimonio no fue consciente de estar adquiriendo ese compromiso. Esta sentencia se une a anteriores, existiendo otros procesos contra empresas que han ido sustituyendo a CAT, como ATA, S.L, AABT 2050, S.L. y en la actualidad Fifty Years Right to Use, S.L. Telefono de información multipropiedad de ACAMA: 952215859.





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