MAYOR PROTECCION AL CONSUMIDOR
Fecha
Tema CONGRESO-LEYES


Mejoras en la protección de los consumidores y usuarios Según el informe presentado en el Consejo de Ministros por la titular de Sanidad y Consumo, Elena Salgado, sobre el Anteproyecto de Ley de Mejora de la Protección de los Consumidores y Usuarios...

este texto introducirá importantes reformas legislativas en España en materia de protección de los derechos de los consumidores, ampliándolos y salvaguardando a los ciudadanos de prácticas abusivas. Dicho anteproyecto será remitido al Consejo General del Poder Judicial, al Consejo Económico y Social y al Consejo Fiscal para la emisión de los preceptivos informes, para su posterior remisión al Consejo de Estado antes de ser aprobado por el Gobierno. Algunos puntos clave de esta reforma son los siguientes: - Equiparación de los requisitos para darse de baja de determinados servicios de interés general como los de suministro de luz, agua, gas o telefonía, entre otros, a las facilidades existentes para darse de alta, sin que se pongan trabas adicionales, tales como la exigencia de formalidades distintas de las previstas al contratar, pérdida de cantidades abonadas por adelantado o abono de cantidades por servicios no prestados, así como la fijación de indemnizaciones que no se correspondan con los daños efectivamente causados. - El tipificación como abusivas de las estipulaciones contractuales que prevean el redondeo del precio al alza, tanto en productos como en servicios; esto es, tal y como ocurre en la actualidad en el sector de los aparcamientos o en telefonía. Con esta medida, se pretende asegurar a los consumidores que se les cobre por el servicio efectivamente prestado. - Respecto al caso concreto de los aparcamientos, se modifica la legislación sectorial, instaurando la facturación por minutos, y no por hora o fracción. Del mismo modo, se exige que la información sobre el precio, horarios y normas de uso se facilite con carácter previo a la contratación del servicio. -Se tipifican asimismo como abusivas las penalizaciones al comprador de vivienda si éste no se acoge al crédito suscrito por el promotor o el hecho de que se le imponga el pago de tasas o impuestos, como las plusvalías, que deben ser abonadas por el vendedor. También se considera abusiva la imposición al consumidor de los gastos de las conexiones a los suministros generales de la vivienda, tales como el enganche del suministro de agua, gas o alcantarillado, que deben incluirse en el precio de venta. - En cuanto a infracciones y sanciones, el texto recoge contempla la obligación del Gobierno de presentar, ante las Cortes Generales y en el plazo de dos años, un proyecto de ley que establezca reglas en esta materia, con el fin de prever las infracciones que afecten a más de una comunidad autónoma; esta exigencia viene referida a recientes sucesos que comprometían el control sanitario realizado a los alimentos de empresas que distribuían sus productos en distintas comunidades autónomas. - En cuanto al arbitraje distintos al del Sistema Arbitral de Consumo, se establece que la sumisión del consumidor al arbitraje no se imponga en el contrato, sino que se aplace al momento en el que el consumidor pueda evaluar correctamente el alcance de esta decisión, en el caso de que se vea obligado a adoptarla si surge una controversia. En resumen, se prohíben las prácticas en la relación contractual que puedan ser calificados como contrarios a la buena fe y al justo equilibrio de los derechos y obligaciones de las partes, con independencia de que consten o no en el documento contractual, y se refuerza la exigencia de veracidad de la oferta, promoción y publicidad, fortaleciendo la posición del consumidor en los casos en que se omita información básica sobre las condiciones del contrato. Tfno Informacion ACAMA: 952215859





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