MUNDO MAGICO Y BBVA SENTENCIA CONDENA MULTIPROPIEDAD
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Tema JUSTICIA


MULTIPROPIEDAD DIARIO 20 MINUTOS Condenan a Mundo Mágico a pagar a una pareja por servicios de vacaciones que no disfrutaron.Un juzgado anula el contrato suscrito con esta empresa y también el firmado con la entidad bancaria. El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Torremolinos (Málaga) ha condenado a la empresa Mundo Mágico Tours y a una entidad bancaria a pagar 5.937 euros, más intereses, a una pareja por los servicios de vacaciones en sistema de multipropiedad que contrataron y que no llegaron a disfrutar. Además, anula los contratos firmados por el matrimonio con ambas entidades. En la sentencia, se estima íntegramente la demanda presentada por la pareja, bajo la dirección del letrado de la Asociación de Consumidores Afectados Mundo Mágico (Acama), Damián Vázquez, en la que pedía que se declarasen nulos ambos contratos, al considerar que estaban vinculados, que la primera empresa "no cumplió nada de lo estipulado" y que se les impuso una financiación y entidad concretas. La jueza señala en su resolución, a la que tuvo acceso Europa Press, que de la prueba practicada en el juicio se concluye que los compradores "no pudieron negociar individualmente ninguna de las cláusulas del contrato" y que el objeto del mismo "no se define en ningún momento y no se dice siquiera quiénes son los propietarios de los hoteles o apartamentos ni donde están". Tampoco se especifica, añade la sentencia, que se puede recurrir, cuándo se podrán disfrutar las tres semanas de alojamiento anuales y se considera acreditado que "no se les entregó documentación complementaria". "El contrato arroja dudas sobre si se adquiere un derecho real, un tiempo de vacaciones o un paquete de viajes programados o una afiliación a una agencia", se precisa. Asimismo, la jueza indica que el objeto del contrato "queda aún más indeterminado cuando al hablar del precio se le denomina cuota de afiliación que, además, contraviniendo todas las disposiciones legales, ha de abonarse en el plazo de siete días", con lo que se prescinde del derecho de desistimiento. Se añade que el precio "no queda claro". Se pone de manifiesto que a lo largo de un año "nadie" de la empresa Mundo Mágico, que no se personó en esta causa y fue declarada en rebeldía procesal, "se puso en contacto con ellos para concretar la semana de disfrute, es más, nunca han llegado a disfrutar de ninguna de las prestaciones ni del apartamento ni de los supuestos beneficios de ser socio" de la entidad, se indica. "Cuando quisieron ponerse en contacto con Mundo Mágico para disfrutar del apartamento no existía ni Mundo Mágico", precisa la sentencia, en la que se dice que hay "una total indeterminación sobre el objeto del contrato y el precio del mismo, que ya es motivo de nulidad de pleno derecho", aunque se incide en que también se incumplen artículos de la Ley sobre Aprovechamiento por Turnos. Por tanto, se considera que es "evidente la nulidad del contrato" por el "abrumador incumplimiento de la legislación aplicable". Además, se considera acreditado "la patente posición de dominio de la sociedad vendedora" con un tipo de contrato que "se imponen al consumidor" y las técnicas de "venta agresiva" utilizadas para "impedir realizar una opción sosegada y reflexiva". En este punto, se precisa que "se les acompañó en todo momento, no dejándolos solos hasta que no firmaron primero el contrato con Mundo Mágico y luego el contrato de financiación" con la entidad bancaria, "no dándole ninguna otra opción" en este sentido. Así, la sentencia se explica que "se les llegó a una oficina de un municipio ajeno y se les abrió una cuenta en un banco ajeno del que no eran clientes".

Por parte de este banco, "que previamente había recibido copias de la documentación referida" a la pareja, "únicamente se comprueba con los originales y se firma el crédito sin más, para acto seguido hacer un cheque ingresando el dinero no a los actores que lo pedían, sino a Mundo Mágico directamente", concluyendo la sentencia que está corroborada "la vinculación" entre empresa vendedora y financiadora. Ante esto, se estima la demanda y se condena tanto a la empresa como a la entidad bancaria a pagar solidariamente 5.937 euros, más los intereses, que según la asociación supone más de 9.000 euros. Asociacion de Consumidores Afectados Mundo Magico Tfno 952215859 Enlace Noticia http://www.20minutos.es/noticia/1033294/0/





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